EUROPA Y SUS MIGRACIONES (*)
Desde tiempos inmemoriales Europa siempre ha sido un territorio de llegada de personas migrantes, lo que se ha debido principalmente a su política de expansionismo constante (invasiones, colonialismo y extracción de recursos de las zonas colonizadas). Hay que tener en cuenta que ese flujo de recursos naturales extraídos de las regiones colonizadas dio origen a la construcción de las bases del sistema capitalista actual. Aun hoy en día prevalecen esos lazos coloniales establecidos muchos siglos atrás.
Pero ahora la estructura que rige las relaciones internacionales dentro del sistema mundial se asienta en los propios mercados internacionales, dando lugar a un intercambio desigual o a lo que podría llamarse una “interdependencia asimétrica”, en la que el centro económico mundial (representado por las potencias capitalistas avanzadas) ejerce una relación de explotación sobre la periferia (los países que dentro del sistema capitalista mundial desempeñan el papel de subordinados como fuente y almacén de recursos).
Las oligarquías económicas son las principales responsables de este fenómeno, que responde en última instancia a sus intereses por conseguir el máximo beneficio por medio de una mano de obra semi-esclava y muy barata, a lo que contribuyen la deslocalización de la actividad productiva y la aparición de un mercado de trabajo irregular favorecido por las políticas migratorias. La búsqueda del máximo beneficio y de una mayor competitividad en los mercados internacionales sólo se alcanza a través de una reducción de los costes en el proceso productivo. Esto se expresa en un empeoramiento de las condiciones de trabajo con su progresiva flexibilización, el pago de unos salarios cada vez menores, y un aumento de la desregularización del empleo con un retroceso de las conquistas sociales alcanzadas por las luchas obreras.
España, desde su ingreso en la Unión Europea (1986), se dotó de una ley que regula las migraciones de acuerdo a los intereses de su clase dominante. Desde el punto de vista del derecho, la “extranjería” es la herramienta que Europa ha inventado para excluir no a “extranjeros y extranjeras”, sino a los y las inmigrantes extra comunitarios provenientes de países pobres. Además de condenarlos a ser prófugos por carecer de papeles, les niegan el derecho a una vida que no sea de miedo e inseguridad, y a no ser personas visibles en sus barrios o en los espacios públicos, menos aún en los espacios políticos.
Las condiciones político-económicas, así como el agotamiento de un determinado modelo de producción y distribución de mercancías basado exclusivamente en el beneficio por el beneficio, ha obligado autoritariamente a desplazar a cientos de miles de trabajadores desde los mercados de trabajo “regulados”, es decir con “papeles”, hacia el desempleo y la pérdida de sus “papeles”. Estas persecuciones y arbitrariedades ya fueron denunciadas en el III Foro Social Mundial de las Migraciones 2008, realizado en Rivas-Madrid, bajo el lema “Nuestras Voces, Nuestros Derechos por Un Mundo Sin Muros”.
El último gran golpe asestado a las migraciones por la Unión Europea se perpetra a finales del año 2008, con la aprobación de la Directiva Europea de Retorno “Sobre procedimientos y normas comunes en los Estados miembros para el retorno o de los nacionales de terceros países que se encuentren ilegalmente en sus territorios”, conocida como DIRECTIVA DE LA VERGUENZA.
Según el informe de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) de 2009-2010, la Directiva Europea de Retornotiene un efecto “criminalizador” al identificar los conceptos de inmigrante y delincuente por medio de la privación de libertad prolongada como respuesta a una falta administrativa. Con ello se vulneran principios básicos del Estado de Derecho, tales como el de garantía jurisdiccional, la presunción de inocencia o la facultad de ejercer los derechos ante una instancia independiente. Aunque se establece la posibilidad de defensa gratuita de los inmigrantes detenidos, esta no se constituye como obligatoria.
La directiva autoriza plazos de detención desproporcionados, vulnerando el artículo 16.4 del Convenio Europeo de Extradición que fija en cuarenta días el tiempo máximo de prisión preventiva para extranjeros. Con esto puede darse la circunstancia de que se ofrezca un trato peor a un inmigrante que no ha cometido ningún delito que a un extranjero que sí ha delinquido y que será extraditado, sin garantizarle ni siquiera el derecho de comunicación.
Otro aspecto clave de esta directiva es que permite que se realicen expulsiones a terceros países, y no al país de origen. Así, no se trata de una repatriación o retorno en sentido estricto, sino de una expulsión. Una vez emitida una orden de expulsión, se establece un periodo para el retorno voluntario del inmigrante de entre 7 y 30 días. Transcurrido ese periodo, el artículo 14 instituye el internamiento de los inmigrantes irregulares hasta un total máximo de 18 meses en caso de falta de cooperación del inmigrante para su repatriación o problemas en el proceso. El internamiento significa la privación de libertad y ello es posible no necesariamente por decisión judicial, sino mediante una orden administrativa.
A todo ello se une la prohibición de toda persona expulsada la entrada en el territorio durante un periodo de cinco años, lo que supone un doble castigo por haber estado sujetas a la privación de libertad y a la expulsión; la posibilidad de expulsión sin acceder a la propia directiva de aquellas personas detenidas durante los siete días posteriores a su entrada en el territorio europeo; o la autorización al internamiento de menores no acompañados en los CIEs y su expulsión sin garantía de reagrupación familiar.
Con esta vergonzosa leyse concedía a los países miembros de la Unión Europea dos años para que adaptaran sus leyes y prepararan espacios (Centros de Internamiento de Extranjeros – CIEs, Centros de Transito, etc.) para recluir y luego, pasados 60 días en caso de España y 18 meses en caso de Alemania, llevar a cabo la expulsión forzosa de la población “sin papeles”, sean mujeres embarazadas, mayores enfermos, jóvenes estudiantes o menores no acompañados. Esto deja claro que se incluye a todas las personas, estén solas o sean familias enteras.
En la Unión Europea conviven básicamente dos sistemas de regulación del internamiento de personas extranjeras. Uno de ellos, aplicado entre otros por Francia y España, establece un plazo que oscila en torno a un mes, durante el que debe tramitarse la expulsión. En cambio, nueve países (Dinamarca, Estonia, Finlandia, Grecia, Irlanda, Malta, Países Bajos, Reino Unido y Suecia) no contemplan en su legislación ningún límite para la retención de migrantes, mientras que en Alemania ya es de 18 meses.
Desde 1985 hasta 1990, en el estado español entran a funcionar CIEs dependientes de la Dirección General de la Policía y del Ministerio del Interior en diferentes ciudades. Esta “Directiva de la Vergüenza” de 2008 facilita el marco jurídico europeo para la creación y/o expansión de los CIEs, de los queen España hay en la actualidad siete. En casi todos los casos se siguen utilizando cuarteles y dependencias policiales, ahora con la complicidad de las instituciones y leyes europeas y el apoyo económico directo de países como Holanda e Italia. Las condiciones de internamiento son similares a las de una prisión. Existen numerosos estudios e informes a nivel internacional que demuestran que en los CIEs no se cumplen los DERECHOS esenciales ni se respeta a las personas (su alimentación, su higiene, su sueño, su salud, su religión, su derecho a ser informados, su derecho a tener interprete, su derecho a ser escuchados…).
Todo esto es apoyado directamente con el FRONTEX (Agencia Europea para la Gestión de la Cooperación Operativa en las Fronteras Exteriores de los Estados miembros de la UE). Con esta agencia laDirectiva de Retorno pone en marcha una maquinaria de control y vigilancia en sus fronteras reales y en las fronteras “invisibles” que se han instalado en países de África (Mauritania, Marruecos, Argelia, Libia…), promovidas desde la UE para impedir el paso y expulsar de manera forzosa a miles de personas que, mientras esperan en los CIEs, viven retenidas sin haber cometido ningún delito en una situación deextrema vulnerabilidad.
En la situación actual y desde posicionamientos populistas se lanzan argumentos contras las personas migrantes: la idea de que no hay lugar ni trabajo para todas las personas, que cualquier política de permisividad con la población migrante condena a los autóctonos al desempleo, que las personas migrantes sin trabajo son fuente de conflicto y que es mejor que salgan del estado español o deportarlos con celeridad. Ningún ser humano puede ser denominado “ilegal”,sino en todo caso en situación irregular documental por el territorio donde está circulando o residiendo, a pesar de que debería haber apertura de fronteras y libre tránsito de personas.
Combatimos toda muestra de racismo y xenofobia: decimos NO a los CIEs, NO a las redadas racistas en las calles, NO al trato irrespetuoso por ser de un país de origen diferente. Las personas y administraciones deben marcarse como prioridad compartir y convivir juntos de la mejor manera posible, promoviendo con ello la unión y la comunidad.
EXIGIMOS IGUALES DERECHOS Y LIBERTADES PARA LAS PERSONAS MIGRANTES. Exigimos el cierre de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIES). Exigimos la regularización de la situación de todas las personas migrantes. Exigimos el cese de las políticas de control de la inmigración, como el FRONTEX Y EUROSUR, que vulneran los derechos de las personas y les imponen un trato degradante.
(*) testo trabajado con nuestra colaboracion para la movilizacion del 10-16 de marzo. La lucha sigue
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