La Justicia condena a Interior a indemnizar con 750€ a una mujer agredida a porrazos por antidisturbios tras sacarla de un bar

El pasado 29 de septiembre de 2012 tuvo lugar una manifestación en el centro de Madrid contra la aprobación de los presupuestos generales.

En un momento dado, y una vez que la manifestación llegó a su fin, varios grupos operativos de la 1ª Unidad de Intervención Policial, entre ellos el indicativo PUMA 70, comenzaron a recorrer las calles de Huertas.

Tal y como recoge una grabación efectuada por un vecino desde el balcón, un grupo de antdisturbios entró en varios establecimientos, entre ellos el bar La Broncense, del que comenzaron a sacar a varias personas. En las imágenes se puede apreciar cómo parte de los funcionarios de policía esperan en la puerta del establecimiento para hacer “un pasillo” a las personas que sus compañeros iban sacando, mientras les golpean de manera reiterada e indiscriminada y con una clara intención de escarnio. Posteriormente se ve cómo sacan a dos mujeres del referido Bar, M. y G., las cuales son rodeadas por varios funcionarios en la misma puerta para, sin dejarles escapatoria, golpearlas reiterada y brutalmente en la cabeza y tronco, produciéndoles sendas brechas que necesitaron para su curación la aplicación grapas.

Ni a M. ni a G., ni a ninguna de las personas que fueron agredidas y sacadas del establecimiento, se les identificó ni detuvo, quedando por tanto acreditado un ánimo por parte de los funcionarios de Policía de mero castigo y escarnio totalmente gratuitos.

El procedimiento penal que dio pie las denuncias interpuestas por M. y G. fue finalmente archivado por la Audiencia Provincial de Madrid en un Auto en el que se afirmaba que “Si las propias agredidas no son capaces de facilitar el número identificación del agente o agentes, ni ningún otro elemento susceptible de identificarle o identificarles, nada cabe esperar de las diligencias pedidas

Esa noche, como tantas otras, los funcionarios de la Unidad de Intervención Policial llevaban tapado su “número de placa” con el chaleco antitrauma que vestían encima.

A día de hoy a ningún funcionario de la Unidad de Intervención Policial se le ha abierto expediente disciplinario por estos hechos.

Tras interponer el procedente recurso de amparo, que fue inadmitido, M. y G. demandaron al Estado Español ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por falta de investigación, demanda que se encuentra aún en trámite.

Paralelamente, tanto M. como G. reclamaron responsabilidad patrimonial al Ministerio del Interior por el mal funcionamiento de las Unidades de Intervención Policial. Dicha reclamación fue rechazada en ambos casos.

Pues bien, el pasado 17 de marzo de 2017 el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 7 ha dictado Sentencia en la que acuerda anular la desestimación de la reclamación patrimonial realizada por G. y declarar su derecho a percibir 750.-€ por las lesiones sufridas.

Queda pendiente que se resuelva el procedimiento judicial sobre la reclamación patrimonial de M., cuya vista está señalada para los próximos meses.

Más allá de la irrisoria cuantía, teniendo en cuenta la gravedad de los hechos, y de la vergonzante postura de la Abogacía del Estado, quien hasta el último momento ha rechazado reconocer el mal funcionamiento de la actuación policial; desde la Comisión Legal queremos poner el acento en la falta de investigación efectiva de este tipo de abusos y en la impunidad consentida que supone el incumplimiento de la obligación de los funcionarios de ir debidamente identificados.

Descargar Sentencia íntegra aquí

Porque solo la lucha hace Justicia

Comisión Legal Sol

2 responses to “La Justicia condena a Interior a indemnizar con 750€ a una mujer agredida a porrazos por antidisturbios tras sacarla de un bar”

  1. SINCERAMENTE.

    Les recomiendo a todos que se asocien (gratis o no) al Movimiento de Ciudadanos hacia la República Constitucional (M.C.R.C.).

    Lo encontraréis en las web —– WWW . MCRC . COM —– y también en —– WWW . DiarioRC . COM —–.

    Si no os queréis asociar ni gratis, siempre podéis leer sus buenos artículos y escuchar su programa diario de radio, pudiendo bajarse su podcast, en “””RADIO LIBERTAD CONSTITUYENTE”””, o bien bajárselos también desde ——WWW . IVOOX . ES——.

    Esta es una asociación Cultural y Prepolítica, en la que trabajamos para conseguir en España UN PERIODO DE LIBERTAD POLÍTICA COLECTIVA CONSTITUYENTE, PARA PODER CONSEGUIR LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA Y UNA REPÚBLICA CONSTITUCIONAL.

    ¿¿¿Cuántas personas conocen y son conscientes de los requisitos de LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA, DE LA SEPARACIÓN DE PODERES, DE LO QUE ES UNA CONSTITUCIÓN VERDADERA-DEMOCRÁTICA???; ¿¿¿creéis que pasan del 5% el número de personas que conocen y son conscientes de todo esto???

    ¿¿¿Es que, acaso, puede existir LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA si los electores de cualquier cargo público elegido por votación no tienen EL PODER DE REVOCAR A INICIATIVA SUYA, Y DE INMEDIATO, (máximo en 2 ó 3 meses de plazo) A DICHO CARGO PÚBLICO QUE HUBIERAN ELEGIDO EN DICHA VOTACIÓN???: obviamente no existe LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA si los votantes-electores no tenemos EL PODER DE REVOCAR DESCRITO.

    ¿¿¿Creéis que algo de esto existe en el VIGENTE RÉGIMEN DE PODER OLIGÁRQUICO-PARTITOCRÁTICO-ANTIDEMOCRACIA-USURPADOR-RAPIÑADOR-REPRESOR-IMBECILIZADOR-ETC.???

  2. SINCERAMENTE.

    Es la típica agresión fascista y criminal de los típicos cobardes y miserables que se amparan en el Corporativismo y en la cuasi-impunidad que les otorga un régimen oligárquico, antidemocracia, etc., etc., etc.

Leave a Reply

*